TRANSFORMACIONES EN LAS NORMAS SOCIALES DE LA UNIÓN EUROPEA.

Autor:
GÁRATE CASTRO, J.
Editorial:
Editorial Universitaria Ramón Areces
Páginas:
138
Edición:
1
Fecha de publicación:
13/07/2010
ISBN:
9788480049924
16,15
Entrega en 3-4 días

    Esta obra ofrece un análisis de la evolución del Derecho Social de la Unión Europea a través de sus fuentes y, en concreto, desde la perspectiva de los progresivos cambios que se descubren en la relación existente entre los contenidos de aquél y las diferentes modalidades de intervención de que se sirve la Unión para ejercer sus competencias en materia social. Aunque el empleo de instrumentos normativos (reglamentos, directivas, decisiones) ha sido y sigue siendo el más importante, no pasa inadvertido el recurso a instrumentos de derecho "débil" (soft law), que avanza, en los últimos tiempos, sobre todo de la mano del conocido como "método abierto de coordinación".

    Ese avance es motivo de preocupación en la medida en que cabe que los expresados instrumentos, que escapan del control del Tribunal de Justicia y hasta del Parlamento Europeo, terminen por emplearse más allá del ámbito de la labor de complemento de la armonización de legislaciones sociales por medio de actos normativos. Las dificultades técnicas, políticas y económicas para que la Unión pueda progresar en su acción en materia social a través de actos normativos explicarían el crecimiento experimentado por el empleo de las técnicas propias del soft law.

 


I. INTRODUCCIÓN

II. UN TERRENO QUE NO SE BRINDA AL TIPO DE TRANSFORMACIONES CONSIDERADO: LAS NORMAS SOCIALES DE UNIFICACIÓN.

1. Notas generales sobre la unificación normativa desarrollada

2. Campos con bases jurídicas que permiten la adopción de normas unificadoras
    A) La libre circulación de trabajadores
        a) La articulación de las legislaciones nacionales de seguridad social
        b) Los contenidos nucleares de la libre circulación de trabajadores
        c) Los aspectos relativos al funcionamiento de órganos de la propia Unión

            que desarrollan actividades en la materia
        d) El derecho a permanecer en el territorio de un Estado miembro después

            de haber ejercido en él un empleo
        e) Los aspectos concernientes a la reagrupación familiar
    B) Regulación y funcionamicnto del Fondo Social Europeo. De otros órganos de

        la Unión
    C) Una referencia a la competencia judicial internacional y a la ley aplicable a

        las obligaciones contractuales
    D) Otra referencia a la regulación de determinados aspectos laborales de la

        actividad de los conductores de vehículos de transporte internacional por

        carretera.

 

III. UN TERRENO PERMEABLE A LAS TRANSFORMACIONES CONTEMPLADAS: LAS NORMAS SOCIALES DE ARMONIZACIÓN.

1. Sobre el concepto de armonización

2. Cuatro características generales de la armonización legislativa en materia social
    A) Su contribución al desarrollo del Derecho social de la Unión Europea es

        máxima
    B) Posee ingredientes que la convierten en una modalidad de intervención

        compleja
    C) Encuentra cobertura tanto en bases jurídicas generales como particulares,

        algunas no específicas de los contenidos del Derecho social de la Unión

        Europea
    D) Alcanza su mayor desarrollo en el ámbito de la política social

3. La armonización legislativa en el ámbito de la política social
    A) Se concibe como una armonización al alza
    B) Su consecución se confía al empleo de una diversidad de actos, medios o

        instrumentos previstos en el derecho originario
    C) En el orden temporal, el empleo de instrumentos de derecho “débil”, típicos

         y atípicos, precede al de actos normativos. Tal empleo es permanente a lo

         largo del desarrollo del proceso de armonización
    D) El empleo de los actos normativos representa una gran transformación de

        las normas sociales de la Unión, en general, y, en particular, de las armoni-

        zadoras. Por lo que respecta a éstas no es uniforme ni continuo
        a) Un comienzo fuerte
        b) Un período de amplia paralización
        c) Un resurgimiento sostenido en tres pilares (1): establecimiento de bases

            jurídicas espec fi cas del derecho armonizador “fuerte” en el ámbito de la

            política social, amplia determinación de las materias cubiertas por ellas y

            modificaciones sustanciales del procedimiento de adopción de las corres-

            pondientes directivas

        d) Un resurgimiento sostenido en tres pilares (II): el diálogo social
        e) Un resurgimiento sostenido en tres pilares (III): campos y breve valora-

            ción.
    F) Presenta incertidumbres que alcanzan tanto al papel de los actos normativos

         de que se vale como a su propio futuro como modalidad de intervención

 

APÉNDICE. VERSIONES CONSOLIDADAS DEL TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA Y DEL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA (fragmentos)

 




 

Relacionados

¿Quieres conocer las últimas novedades?