TRANSMISIÓN DE LA HERENCIA, LA.

      Este trabajo desarrolla la tesis subjetiva de herencia, que se fundamenta en la voluntad del testador en instituir a sus descendientes herederos, legatarios o coherederos y, con ello, se puede enajenar una cosa cierta y determinada, el activo líquido de una herencia, o un derecho hereditario. Todo ello tomando como referente la legislación foral.

    Esta teoría se contrapone a la denominada tesis objetiva, que solo admite enajenar la totalidad de la herencia o una cuota parte de la misma (arts. 1531, 1533 y 1534 del C.C.). El análisis de la transmisión de una cosa cierta y determinada se parte de que el testador puede por actos entre vivos o por causa de muerte la partición de sus bienes (art. 1056-1° del C.C.), el así instituido puede enajenar su cuota determinada mediante un contrato de compra venta y asunción de deuda. El legatario de parte alícuota, como tal legado, además de ser equiparado a un heredero, puede enajenar su legado a través de un contrato aleatorio (art. 1790 del C.C.). El coheredero puede de igual modo, enajenar su cuota hereditaria mediante un negocio coligado: transmisión onerosa y asunción de deuda.

    En nuestro sistema sucesorio el heredero acepta o repudia la herencia. Si acepta a beneficio de inventario debe someterse a los plazos previsto en el art. 1014 del C.C., pero si no cumple dichos plazos debe aceptar pura y simplemente. A los efectos de evitar este rígido formalismo proponemos como alternativa la adjudicación para pago con asunción de deudas.

    Se concluye con los aspectos formales de la transmisión, haciendo hincapié en los arts. 1533 y 1534 del C.C. y los inconvenientes que lleva la transmisión que supone situar al comprador en el lugar del heredero.
 


INTRODUCCIÓN

CAPÍTULO I
PRESUPUESTOS DE LA ENAJENACIÓN DE LA HERENCIA

1. El vendedor de la herencia
    1.1. Introducción
    1.2. El heredero en cosa cierta y determinada
        1.2.1. Desde el precedente histórico
        1.2.2. Desde la redacción vigente: Art. 768 del Código Civil
        1.2.3. Desde el Derecho Foral
            A. El artículo 152 de la Ley de Sucesiones por causa de muerte de Aragón
            B. El artículo 15 de la Compilación de Derecho civil de las Islas Baleares
            C. Los artículos 423-3 y 423-5 del Código civil de Cataluña.
            D. La Ley 216 del Fuero Nuevo de Navarra
    1.3. El legatario de parte alícuota
        1.3.1. Su confi guración jurisprudencial
        1.3.2. Equiparación entre legatario de parte alícuota y heredero
        1.3.3. Derechos, facultades y deberes del legatario de parte alícuota:

            Supuestos más relevantes
        1.3.4. El legado de cuota en el Derecho Foral
            A. El artítulo 153 de la Ley de Sucesión Aragonesa
            B. El artículo 427-36 del Código civil de Cataluña
            C. La Ley 219 del Derecho civil de Navarra
    1.4. La comunidad hereditaria: Introducción
        1.4.1. El coheredero y su situación jurídica
        1.4.2. Su especialidad en el Derecho Foral
            A. El consorcio en el Derecho Foral Aragonés
            B. La comunidad hereditaria en el Código de Sucesiones de Cataluña
            C. La comunidad foral en el Derecho Civil de Navarra
            D. La cuota hereditaria en la Ley de Derecho Civil de Galicia

2. El objeto del negocio: La herencia. Regulación positiva y delimitación conceptual
    2.1. El artículo 659 del Código civil y su jurisprudencia
    2.2. Delimitación conceptual de la herencia
        2.2.1. Teoría Personalista
        2.2.2. Teoría del patrimonio unifi cado
        2.2.3. Teorías Patrimoniales

 

CAPÍTULO II
VÍAS DE ENAJENACIÓN DE LA HERENCIA

1. Planteamiento histórico y sustantivo de la transmisión de la herencia
    1.1. Preliminar
    1.2. La venta de herencia en el Derecho romano y en nuestro Derecho de

        Partidas
    1.3. La Codificación civil española
        1.3.1. El proyecto de Código civil de 1836
        1.3.2. El proyecto de Código civil de 1851
        1.3.3. El anteproyecto de Código civil de 1882-88
    1.4. La legislación vigente: El Código civil de 1889
        1.4.1. Los artículos 1531, 1533 y 1534 del Código civil
        1.4.2. El artículo 1532 del Código civil

2. La transmisión de la herencia en el Derecho Foral
    2.1. Legislación catalana
        2.1.1. Artículo 463-5. Disposición de bienes hereditarios
        2.1.2. Artículo 463-6. Disposición de la cuota hereditaria
    2.2. El artículo 272 del Derecho civil de Galicia
    2.3. Legislación de Navarra
        2.3.1. La ley 325 del Fuero Nuevo (la cesión de la herencia)
        2.3.2. La ley 330 del Fuero Nuevo (la cesión del legado de parte alícuota)

3. La variedad de formas contractuales en la enajenación de la herencia
    3.1. Presupuestos para la enajenación de cosa cierta y determinada.
        3.1.1. Introducción
            A. Previa designación del heredero ex re certa por el testador
            B. El negocio coligado: Transmisión onerosa y asunción de deuda
    3.2. La cesión de los derechos hereditarios: La cuota indivisa de herencia
        3.2.1. Aplicación de los artículos 1531, 1533 y 1534 del Código civil a la

            cesión de los derechos hereditarios
        3.2.2. Contenido de los artículos. 399, 1000-1º y 1067 del Código civil
        3.2.3. Las deudas de la herencia en la cesión de los derechos hereditarios
    3.3. La enajenación del activo líquido de herencia: El legado de parte alícuota.
        3.3.1. El artículo 1790 del Código civil: El contrato aleatorio
            A. Condición y término
            B. El riesgo en la venta de un legado de parte alícuota

 

CAPÍTULO III
LA RESPONSABILIDAD DE LOS HEREDEROS POR LAS DEUDAS DE LA HERENCIA

1. La aceptación de la herencia y sus efectos en las deudas
    1.1. Introducción
    1.2. La aceptación pura y simple: Art. 1003 del Código civil
        1.2.1. Momento en que se produce la responsabilidad
        1.2.2. Confusión patrimonial y protección de acreedores y legatarios
    1.3. La aceptación a benefi cio de inventario: signifi cado
        1.3.1. La preferencia de acreedores y legatarios en la herencia beneficiaria
    1.4. El pago de las deudas hereditarias y su alternativa: La adjudicación para

        pago de deudas de la herencia
        1.4.1. El pago de las deudas hereditarias
        1.4.2. La adjudicación para pago de deudas de la herencia
            A. Previo
            B. La adjudicación para pago de deudas en comisión o encargo
            C. La adjudicación para pago con asunción de deudas
                a) Naturaleza jurídica
                b) Formas de adjudicación
                c) Régimen jurídico: Artículos 1084-2º del Código civil, 2-3º y 45 de la

                    Ley Hipotecaria y 172 de su Reglamento

2. La asunción de deudas en la enajenación de la herencia
    2.1. Introducción
    2.2. Requisitos de la asunción de deudas
        2.2.1. El consentimiento del acreedor
        2.2.2. La insolvencia del nuevo deudor

 

CAPÍTULO IV
LOS EFECTOS DE LA TRANSMISIÓN DE LA HERENCIA

1.1. Introducción

1.2. La compraventa de cosa cierta y determinada

1.3. La enajenación del legado de parte alícuota: Concepto y naturaleza jurídica.
    1.3.1. Determinación del activo hereditario líquido
    1.3.2. Entrega del activo hereditario líquido
    1.3.3. Los frutos en el legado de parte alícuota.

1.4. La cesión de los derechos hereditarios
    1.4.1. Efectos en relación con el cedente
        A. Frutos, enajenación y consumo
        B. Pérdida o deterioro de los derechos hereditarios
    C. Entrega de la cosa vendida
    1.4.2. Efectos en relación con el cesionario
        A. Pago del precio convenido
        B. Pago de las deudas y las cargas de la herencia
        C. Pago de impensas y mejoras realizadas por el vendedor

 

BIBLIOGRAFÍA

 



 

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