TRANSTORNOS PSIQUIÁTRICOS Y DERECHO. (Responsabilidad penal, internamientos, incapacitación, etc…)
Muchas veces, el enfermo mental va al psiquiatra porque “le llevan” y ese es uno de los problemas de la asistencia sanitaria a este tipo de pacientes, por la falta de conciencia de su enfermedad y falta de gobernabilidad sobre su persona, que harán difícil cualquier tipo de trartamiento. Esta situación especial obliga a médicos psiquiatras a conocer la legislación sanitaria aplicable a su especialidad y también a los abogados para orientación familiar y a los facultativos, en cuestiones tales como los requisitos necesarios para la autorización judicial de los internamientos involuntarios o su posible incapacitación y nombramiento de tutor y/o curador, etc.
También, y como consecuencia de su enfermedad, en ocasiones, realizan actos tipificados como delito, careciendo de capacidad mental para conocer y querer, que son los requisitos necesarios para determinar la imputabilidad del enfermo, por lo que los informes del psiquiatra, relacionando los hechos con la fase de su enfermedad, será determinante para eximirle de responsabilidad penal.
Respecto al documento de consentimiento, frecuentemente debe darse por representación de los familiares o tutores para determinados tratamientos; también otras actividades como puedan ser la inmovilización de pacientes agitados, los informes para esterilización de personas incapacitadas, los informes de discapacidad de estos enfermos y la ley de la dependencia, etc. obligan a médicos y a juristas a conocer los requisitos legales de muchas de las actividades del psiquiatra.