UNIÓN EUROPEA Y PROPIEDAD INDUSTRIAL. El ADPIC y los efectos de la sentencia de 18 de julio de 2013 (asunto C-414/11) y de los autos de 30 de enero de 2014.

(Colección: "Propiedad industrial e intelectual. Teoría y práctica del Derecho". Vol. 1)
Autor:
BERCOVITZ, A./ RIPOL, S./ SEUBA, X./ TORRENT, R.
Editorial:
LAS CLAVES DEL DERECHO
Páginas:
241
Edición:
1
Fecha de publicación:
19/09/2014
ISBN:
97884UEPROPIN
34,21
Entrega en 24/48h

    La obra, Unión Europea y propiedad industrial, expone un análisis de gran importancia para comprender cómo ha evolucionado este derecho a nivel nacional, internacional y comunitario. También se constata cómo determinadas cuestiones jurídicas tienen una gran repercusión sobre los intereses económicos a los que afectan.

    A la luz del brillante análisis de reconocidos académicos que han profundizado en la materia y han aportado sus reflexiones y experiencias personales, Unión Europea y propiedad industrial nos acerca a la realidad de un derecho que entremezcla aspectos nacionales, comunitarios e internacionales. Todo ello nos ayudará a entender la compleja situación generada en España a raíz de una controvertida jurisprudencia del Tribunal Supremo en relación con la aplicación de una normativa que ha sido objeto de reciente pronunciamiento por parte del TJUE.
 


LA EXCEPCIONAL JURISPRUDENCIA ESPAÑOLA SOBRE LA APLICACIÓN DIRECTA Y SIGNIFICADO DEL ACUERDO SOBRE LOS ASPECTOS DE LOS DERECHOS DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RELACIONADOS CON EL COMERCIO (XAVIER SEUBA)

1. El rechazo europeo a la jurisprudencia española sobre el ADPIC

2. La aplicación directa del derecho internacional y su invocación por parte de particulares en sede judicial

3. La jurisprudencia española sobre la aplicación directa de los artículos 27 y 70 del ADPIC

4. ¿Son los artículos 27 y 70 “normas claras, precisas e incondicionales, que no precisan de mecanismo complementario, como desarrollo legal o reglamentario, y que tienen carácter sustantivo civil generando derechos y obligaciones para los particulares”?
    4.1. La naturaleza de las normas de la OMC y su efecto directo
    4.2. La claridad de las normas del ADPIC
    4.3. La falta de claridad queda acreditada en las propias sentencias españolas
    4.4. Los Estados, el Abogado General y la Comisión Europea tienen distintas

           opiniones sobre el significado y la posibilidad de aplicar directamente los

           artículos 27 y 70 del Acuerdo sobre los ADPIC.
    4.5. Los destinatarios de los artículos 27 y 70 son los Estados

5. Conclusiones
 

LA COLONIZACIÓN DEL DERECHO COMUNITARIO EUROPEO POR EL DERECHO DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE COMERCIO: RESULTADOS Y EFECTOS EN RELACIÓN CON EL ACUERDO ADPIC/TRIPS (RAMON TORRENT)

1. La colonización del Derecho Comunitario Europeo (DCE) por el derecho de la Organización Mundial de Comercio (OMC): evolución histórica
    1.1. Tratado CEE (Tratado de Roma, 1956)
    1.2. El comienzo de la colonización: Dictamen 1/94 del Tribunal de Justicia de

           las Comunidades Europeas (TJCE) sobre la competencia exclusiva de la

           Comunidad en relación con los Acuerdos de la Ronda Uruguay del GATT

           (Acuerdo OMC con todos sus anexos)
        a) La estrategia de la Comisión Europea
        b) La decisión del TJCE
    1.3. La estrategia de colonización impulsada por la Comisión sigue: Tratado

           de Amsterdam (1997)
    1.4. Tratado de Niza (2001): La estrategia se intensifica, incluso a costa de

           introducir una enorme confusión en una de las disposiciones básicas del

           Tratado CE.
    1.5. Proyecto de Tratado “Constitucional” (2004) y Tratado de Lisboa (2009)
    1.6. La primera aceptación explícita de la colonización del derecho comunitario

           por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea: El Dictamen 1/08 del Tri-

           bunal de Justicia (Gran Sala) de 30 de noviembre de 2009.
    1.7. La extensión a “los aspectos comerciales de la propiedad intelectual” de

           la aceptación, por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de la colo-

           nización del derecho comunitario por parte del derecho de la OMC: La

           Sentencia del TJUE de 18 de julio de 2013 en el asunto 414/11.

2. Competencias externas / competencias internas. La situación en el periodo 2001-2009
 

LA APLICACIÓN DEL ADPIC POR EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (ALBERTO BERCOVITZ)

1. Las invenciones de productos químico-farmacéuticos ante la incorporación de España a la Comunidad Económica Europea.

2. Los artículos 27 y 70 del ADPIC

3. Una iniciativa sorprendente: la inclusión en las traducciones de las patentes europeas para España, de nuevas reivindicaciones de producto.

4. Las sentencias de la Sala Tercera del Tribunal Supr3mo Español

5. Las sentencias de la Sala Primera del Tribunal Supremo

6. La falta de autoejecutividad de las normas del ADPIC

7. Interpretación del artículo 70 ADPIC

8. El artículo 70.7 ADPIC no es autoejecutivo

9. La inclusión de reivindicaciones de producto en solicitudes que tenían solamente reivindicaciones de procedimiento contradice principios esenciales del Derecho de patentes.

10. Problemas de constitucionalidad por la retroactividad que se produce al admitir la incorporación de reivindicaciones de producto a patentes previamente concedidas sin incluir tales reivindicaciones.

11. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 18 de julio de 2013.

12. Consecuencias de la contraposición de las declaraciones jurisprudenciales de la Sala 1ª del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
 

LA STJUE DE 18 DE JULIO DE 2013 SOBRE EL ACUERDO ADPIC Y LAS PATENTES FARMACÉUTICAS INCIDE, Y EN QUÉ MEDIDA, SOBRE LA BATALLA DEL GENÉRICO PLANTEADA EN ESPAÑA (SANTIAGO RIPOL)

1. Los términos del debate: la sentencia del Tribunal Supremo (Sala Primera) de 5 de diciembre de 2012.
    1.1. Exposición de los hechos
    1.2. Normativa aplicable
    1.3. La argumentación del Tribunal Supremo
    1.4. Crítica a la Sentencia del Tribunal Supremo

2. La sentencia del Tribunal de Justicia (gran sala) de 18 de julio de 2013
    2.1. La comunitarización de la cuestión en el Tribunal Supremo
    2.2. Normativa griega en materia de patentes
    2.3. Las circunstancias del caso: similitudes y diferencias con el debate en

           España.
    2.4. Argumentos y conclusiones de la Gran Sala

3. ¿Responde la sentencia del tribunal justicia a las cuestiones que se plantean en “la batalla del genérico” en España?
    3.1. Los elementos principales del debate...
    3.2. …tienen respuesta
    3.3. Conclusión: la fuerza vinculante de las sentencias prejudiciales de

           interpretación.
 

ANEXOS

1. Jurisprudencia del TJUE
    1.1. Conclusiones del Abogado General Pedro Cruz Villalón en el asunto

           C-414/11, Daiichi Sankyo Co. Ltd, Sanofi-Aventis Deutschland GmbH

           contra DEMO Anonymos Viomichaniki kai Emporiki Etairia Farmakon,

           presentadas el 31 de enero de 2013 (1)
    1.2. Sentencia del Tribunal de Justicia de 18 de julio de 2013 en el asunto

           C-414/11.
    1.3. Auto del Tribunal de Justicia de 30 de enero de 2014 en el asunto

           C-462/13, Warner-Lambert Company LLC y Pfizer Ellas AE contra Minerva

           Farmakeftiki AE.
    1.4. Auto del Tribunal de Justicia de 30 de enero de 2014 en el asunto

           C-372/13, Warner-Lambert Company LLC y Pfizer Ellas AE contra

           SiegerPharma Anonymi Farmakeftiki Etaireia.

2. Jurisprudencia controvertida del Tribunal Supremo
    2.1. Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Tercera, Sección 3ª, de 4 de

           noviembre de 2010, Recurso de Casación núm. 6864/2009, Pfizer

           INC contra Medichem S.A. (Sildenafilo)
    2.2. Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Tercera, Sección 3ª, de 21 de

           noviembre de 2011, RJ 20122306, recurso de casación núm. 740/2011,

           Merck Sharp & Dohme de España, S.A. contra Ratiopharm España, S.A.,

           Laboratorios Liconsa, S.A. y Medichem, S.A. (Asunto Losartan)
    2.3. Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Civil, Sección 1ª, de 5 de diciembre

           de 2012, recurso de casación núm. 1362/2009, Merck Sharp & Dohme de

           España, S.A. contra Química Sintética, S.A. y Chemo Ibérica, S.A. (asunto

           Losartan)
 

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